Custodia de Menores en Colombia



La custodia es el cuidado y protección personal que le brindan los padres a los hijos. Comprende la alimentación, educación, vivienda, vestido y recreación. Cuando una pareja de esposos con hijos menores de edad decide separarse o divorciarse se debe establecer quién ejercerá la custodia. Es decir, con quien va a vivir el niño/a.

Por mutuo acuerdo o por decisión judicial se puede establecer que la custodia de los hijos será compartida y esto es lo que queremos comentarte.

¿CÓMO ES LA CUSTODIA COMPARTIDA EN COLOMBIA DE LOS NIÑOS MENORES?

La custodia compartida en Colombia no se encuentra regulada en la ley. Esta ha surgido luego de una interpretación que hiciera el Alto Tribunal en la cual acordó que ésta debe ser ejercida por ambos padres de forma equitativa. Es decir, que ambos atiendan a las necesidades físicas y mentales de sus hijos por igual.

El ejercicio de la custodia se entiende que es responsabilidad de ambos padres a menos de que uno de ellos haya sido privado de este derecho. Cuando la custodia es compartida ambos padres tienen la misma potestad para tomar las decisiones que garanticen el bienestar de los hijos. Así mismo, tienen el deber de resolver los conflictos de forma cordial hasta llegar a un acuerdo, teniendo como prioridad ofrecer siempre las mejores soluciones a sus hijos.

Acerca de la custodia compartida se ha dicho que los padres no tienen ningún tipo de restricción. Es decir, ambos padres tienen los mismos derechos sobre los hijos, sobre todo, cuando se trata de compartir juntos. Esto significa que los hijos pueden vivir un tiempo con mamá y un tiempo con papá siempre y cuando esto no afecte su normal desenvolvimiento.

Esta es la nueva forma como los jueces han entendido que se debe ejercer la custodia de los hijos cuando los padres se encuentran separados. Lo que se pretende es que la custodia no sea solo de la madre y que el padre tenga un régimen solo para los fines de semana y de paso supervisado.

EL INTERÉS SUPERIOR DE LOS HIJOS Y LA CUSTODIA COMPARTIDA

Cuando se analiza el interés superior de los menores podemos notar que en la mayoría de los casos los hijos siempre quieren compartir con sus padres por igual. Este es su derecho y es por esto que el régimen de custodia ha dado este gran giro en Colombia.

Ya no se deben tomar decisiones en las que se establezca que la custodia solo será ejercida por un solo padre. (Claro esto tiene sus excepciones porque por ejemplo el padre que incita a su hijo al consumo de drogas no puede tener la custodia).

Del mismo modo, los hijos tienen derecho a compartir con sus padres y, a su vez ellos también con sus hijos. Por eso es que la Corte Constitucional ha reconocido esta situación con el único propósito de atender al interés superior.

Si los padres están de acuerdo en esto, no habrá ningún problema y así podrán indicarlo al Juez de Familia. En caso contrario será el Juez quien determine como se llevará a cabo el ejercicio de la custodia, no sin antes estudiar el caso en concreto y escuchando siempre la opinión de los menores.

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